Licencia de la Semilla de código abierto

Privatización: una amenaza para la diversidad de las semillas

Tradicionalmente, una semilla es un bien común. Sin embargo, más y más semillas están siendo privatizadas en base a patentes y protección de variedades vegetales. Solo unas cuantas compañías internacionales tienen el control sobre el mercado mundial de las semillas. Con sus programas de mejoramiento, promueven una gran agricultura uniforme con solo unos pocos cultivos y variedades esparcidos en grandes áreas. Ellos limitan el libre acceso a materiales de mejoramiento a través de los derechos de propiedad intelectual. Esto reduce la diversidad de plantas e incrementa la dependencia de nuestra agricultura y nuestras vidas en un sector empresarial limitado y cada vez más poderoso.


Código abierto: para el software y ahora para las semillas

Hasta ahora, no ha sido posible proteger legalmente la semilla como un bien de uso común. SI los desarrolladores renuncian a la protección de variedad de plantas y brindan acceso sin restricciones a sus variedades, existe el riesgo de que estas sean convertidas en un bien privatizado por otros desarrolladores. En otras palabras: Se pueden crear bienes comunes, pero no se les puede proteger de la privatización. La licencia de código abierto es un camino para prevenir las patentes y la “protección de variedad de plantas” para bien. Las reglas de la semilla de código abierto fueron establecidas en un inicio para los softwares de computadora, esto llevó al desarrollo de las licencias “Creative Commons”, y ahora, esto se aplica a las semillas.


Copyleft: una obligación viral

La licencia de la semilla permite que se pueda utilizar la semilla para cualquier propósito: para reproducirla, para compartirla y para usarla en desarrollos futuros. Cualquier mejora que se haya hecho a la semilla están sujetas a los mismos derechos. El portador de la licencia no puede restringir el uso se la semilla en ningún aspecto (por ejemplo, con patentes o “protección de variedades”) Esta obligación es viral y se le conoce a veces como “Copyleft” porque no solo incluye la semilla bajo licencia, sino también incluye todas las modificaciones posteriores que se le puedan hacer. Con la primera licencia comienza una cadena de contratos que en principio es interminable.Las licencias se convierten en licenciantes que trasmiten la semilla con la misma licencia. Haciendo esto, la licencia brinda una protección de largo plazo a un bien de uso común que no podrá ser privatizado.

Las 3 reglas de código abierto

No existen cobros por la licencia de semilla de código abierto y esta permite casi todo:

  1. Cualquiera puede utilizar las semillas de código abierto, hacerlas crecer, propagarlas y desarrollarlas a través del mejoramiento. Adicionalmente, la semilla y sus futuros desarrollos podrán ser vendidos, intercambiados o regalados en el marco de las leyes existentes.
  2. Nadie puede privatizar la semilla ni sus futuros desarrollos; entonces, las patentes y la “protección de variedades”, están excluidas.
  3. Cada recipiente trasmite los mismos derechos y obligaciones a los futuros usuarios de la semilla y a sus futuros desarrollos.

Acuerdo de licencia de código abierto

Puede descargar el texto completo de la licencia en formato pdf o echarle un vistazo aquí:

Licencia de código abierto para semillas

CONTRATO DE LICENCIA

Preámbulo

Al comprar y utilizar las semillas adquiridas bajo los términos y condiciones de este contrato de licencia, usted, como licenciatario, acepta las disposiciones del mismo. El objetivo de la licencia es garantizar el libre uso de las semillas. El licenciante es la persona física o jurídica que le entrega dichas semillas. El beneficiario del contrato de licencia es AGRECOL e.V.

Por consiguiente, el uso de las semillas sólo está autorizado conforme esta licencia, buscando el objetivo de la libre utilización, el posterior desarrollo, siembra, difusión y propagación de las semillas, evitando el ejercicio monopólico y la obtención de ventajas por parte de los particulares. Como licenciatario, usted se compromete autorizar el uso, la difusión y la propagación de estas semillas por parte de terceros conforme los términos y condiciones previstos en esta licencia. En concreto, renuncia a reclamar derechos de obtentor, derechos de patente o cualquier otro derecho exclusivo aplicable a las semillas, su propagación y mejoras.

Al mismo tiempo, las disposiciones de la licencia le obligan a que las semillas obtenidas a partir de la semilla existente, así como los desarrollos posteriores de estas, estén sometidas a las disposiciones de la licencia y a que sólo se entreguen a terceros bajo dichas disposiciones («copyleft»). Si no cumpliese con sus obligaciones en virtud de este contrato de licencia, sus derechos sobre la utilización de la semilla o de las semillas derivadas de la misma, y sus desarrollos posteriores quedarán anulados. Asimismo, en estos supuestos, el beneficiario tendrá derecho a exigirle el cese e indemnización según lo previsto en este contrato (contrato en beneficio de terceros).

1. Definiciones

Para esta licencia se aplican las siguientes definiciones:

1.1. Semilla. Según este contrato, se entiende por semilla los órganos reproductores generativos latentes, como las semillas, los frutos, los pseudofrutos, los racimos de frutos o las partes del mismo, así como cualquier órgano vegetativo de las plantas a partir del cual puedan generarse plantas completas, mediante el método que sea, así como el polen y todos los componentes con información del mismo que hayan sido comercializados en cada caso según los términos y condiciones establecidos en la presente licencia, o hayan sido obtenidos o desarrollados posteriormente a partir de dichas semillas mediante la propagación.

1.2. Propagación incluye cualquier forma de reproducción, es decir, la nueva o posterior reproducción de semillas. La propagación también incluye métodos técnicos, aún desconocidos en la actualidad, de extracción de información genética hereditaria con el fin de producir semillas con características específicas.

1.3. Comercialización (puesta en el mercado): Oferta, almacenamiento para su venta, oferta para la venta y cualquier forma de entrega de semillas a terceros.

1.4.  Desarrollos posteriores comprende la obtención de nuevas plantas en las que, durante el proceso de obtención, haya intervenido al menos una de las semillas comprendidas por el presente contrato de licencia, independientemente de si se trata de variedades, poblaciones u otros grupos de plantas o de plantas individuales o de alguna de sus partes.

1.5. El principio de «copyleft» obliga a todos los futuros agricultores a conceder a los usuarios de sus desarrollos posteriores los mismos derechos de los que ellos mismos han gozado.

1.6.  Licenciante: El anterior propietario de la semilla, que la transfiere legalmente al licenciatario en virtud de las disposiciones del presente contrato cediéndose los derechos de uso de la semilla de acuerdo con el artículo 3.

1.7. Licenciatario: Cualquier persona que tome posesión o utilice las semillas de acuerdo con las disposiciones de esta licencia.

1.8. Beneficiario: AGRECOL e.V., Hauptstr. 15, D-88379 Guggenhausen, Alemania

2. Celebración del contrato

(1)  Mediante las disposiciones de la licencia, el licenciante proporciona una oferta a cualquier persona para formalizar un contrato de licencia sobre la concesión de los derechos de uso de las semillas de acuerdo con las siguientes disposiciones. El contrato se formaliza cuando el licenciatario adquiere la semilla o toma posesión de ella en conformidad con el anterior propietario, pero como muy tarde en el momento en que abre el paquete de semillas. No es necesario que el licenciante reciba la declaración de aceptación.

(2)  En virtud del presente contrato, el licenciante cederá al Beneficiario los derechos que se deriven del contrato de licencia, en particular el derecho de cese e indemnización por daños y perjuicios en virtud de la cláusula 6.

(3)  Este contrato de licencia debe entenderse como un contrato del derecho civil. Se considerará que ha sido aceptado como legalmente vinculante desde el momento de la compra de la semilla o la apertura del embalaje, incluso una vez se haga uso de las semillas aunque el comprador incumpla los términos del contrato de licencia.

3. Ámbito de aplicación de los derechos de licencia

(1)  Una vez concluido el contrato de licencia, se concederá al licenciatario el derecho a utilizar las semillas en su totalidad tal y como las ha recibido y según las condiciones de esta licencia.

(2)  La semilla puede ser utilizada para cualquier propósito y por cualquier persona que haya aceptado los términos y condiciones de esta licencia, incluyendo también el desarrollo posterior.

(3)  El licenciatario podrá entregar las semillas a otras personas, multiplicarlas, desarrollarlas y distribuir las semillas reproducidas o desarrolladas, pero con la condición de que se le facilite una copia del presente contrato de licencia a todas las demás personas a las que se distribuyan dichas semillas y, además, a condición de que se vincule a estas terceras personas legalmente a este contrato de licencia y se pueda acreditar ante el beneficiario si este lo solicita. Dicha vinculación legal de terceros podrá tener lugar mediante una declaración de consentimiento por escrito, oral, de manera expresa o implícita. Después de la distribución, los desarrollos posteriores deben ser considerados como «semillas» tal y como se indica en esta licencia.

(4)  El principio «copyleft» obliga al licenciatario a imponer a los futuros propietarios de las semillas, así de como las semillas reproducidas o de los desarrollos posteriores de las semillas, los mismos derechos y obligaciones que él mismo ha adquirido y asumido. Cualquier otra restricción de los derechos sobre las semillas frente a terceros queda prohibida, en particular las restricciones basadas en derechos especiales concedidos por la ley (registro de variedades vegetales, derechos de patentes, derechos de marca, derechos de autor o similares) o de manera contractual.

4. Índice de material vegetal

(1) El beneficiario puede proporcionar su propio índice de material vegetal en el que se incluyan todas los grupos de semillas, como las variedades (identificadas según criterios de caracterización) y sus desarrollos posteriores. Los desarrollos posteriores realizados por los licenciatarios se pondrán a disposición del beneficiario a través de una muestra viable y reproducible para su inclusión en el índice de material vegetal.

(2) Tras su elaboración, el beneficiario publicará el índice de material vegetal en su pagina web.

(3) El uso de todas las variedades y desarrollos posteriores incluidos en dicho índice de material vegetal no estará restringido de ninguna manera, salvo por las disposiciones nombradas en este contrato de licencia.

(4) El origen y las propiedades del material serán indicados por el beneficiario en el índice de material vegetal y estarán disponibles para su consulta en todo momento.

5. Derechos de terceros y prohibiciones gubernamentales

Si el licenciatario estuviese obligado debido a derechos de terceros o prohibiciones gubernamentales a desviarse total o parcialmente de las condiciones pactadas en las disposiciones de esta licencia, entonces sólo podrá utilizar las semillas y reproducirlas para fines privados y no comerciales.

6. Expiración de los derechos en caso de incumplimiento de las disposiciones de la licencia

(1) Si el licenciatario infringe las disposiciones de esta licencia, los derechos de uso de la semilla, y sus mejoras posteriores, expirarán de forma inmediata. En particular, el beneficiario podrá exigir al licenciatario que se abstenga de distribuir las semillas, de propagarlas o de seguir mejorándolas, así como el pago de daños y perjuicios.

(2) La expiración de los derechos de uso según el apartado 1 no afecta a los derechos de otros usuarios siempre que ellos mismos no violen las disposiciones de la licencia.

7.Ley aplicable, lugar de jurisdicción, otros

(1) Las condiciones de esta licencia se rigen por la legislación alemana.

(2) En caso de que una de las cláusulas anteriores resulte inválida, ello no afectará la validez del resto de las disposiciones de esta licencia.

(3) Si los licenciatarios fueran comerciantes, personas jurídicas de derecho público o un fondo extraordinario de derecho público, el lugar de jurisdicción será Berlín.

(4) El beneficiario tendrá derecho a ceder a terceros, por escrito y en cualquier momento, los derechos derivados del presente contrato.

(5) En caso de que una de las disposiciones de este contrato de licencia sea o se declare inválida, ineficaz o inaplicable, esto no afectará a la validez de las disposiciones restantes del contrato de licencia. La disposición en cuestión será sustituida por una disposición válida y eficaz que se ajuste lo más posible a la intención económica de las partes contratantes, en particular a los objetivos del contrato de licencia expuestos en el preámbulo.

Anexo de la licencia

Con el fin de facilitar a cualquier persona los derechos para utilizar libremente las semillas según las disposiciones de la presente licencia, se deberá exponer y adjuntar a cualquier entrega de las semillas la siguiente nota informativa o una nota informativa equivalente en la que se indique la aplicación de la presente licencia y el lugar en el que se encuentra.

Licencia de código abierto para semillas - Texto para el embalaje

Semillas con igualdad de derechos y obligaciones para todos
Al comprar la semilla o abrir el paquete de la semilla, usted está aceptando de manera vinculante y sin incurrir en costos, las disposiciones del contrato de licencia. Sobre todo, se compromete a no restringir el uso de estas semillas y sus desarrollos posteriores, por ejemplo, exigiendo derechos de variedades vegetales registradas o derechos de patente sobre las partes o componentes de las semillas. Además, solo podrá ceder a terceros las semillas y las reproducciones obtenidas a partir de ellas bajo los términos y condiciones de esta licencia. Encontrará las disposiciones concretas de la licencia en www.opensourceseeds.org/lizenz. Si no desea aceptar dichas disposiciones, deberá abstenerse de comprar y utilizar estas semillas.

Publicado el 10 de junio de 2016  

Fuente y cita:

Kotschi, J. and Rapf, K. (2016): Liberating seeds with an Open Source Seed (OSS) Licence. Working Paper. AGRECOL. Guggenhausen.

La edición web de esta obra está disponible bajo una licencia Creative Commons Attribution-Share Alike 3.0 Alemania. Para ver una copia de esta licencia, consulte http://creativecommons.org/licenses/by-sa/3.0/de/ o póngase en contacto por correo postal con Creative Commons, 444 Castro Street, Suite 900, Mountain View, California, 94041, Estados Unidos.

Distribución de semillas de código abierto

Si tu compartes una semilla de código abierto, tu necesitas informar al destinatario acerca de la licencia de código abierto y sus derechos y obligaciones. Esto significa que debes brindar una copia del acuerdo de la licencia o su resumen junto con la semilla. Dependiendo del tipo y cantidad del material, existen diferentes opciones simples.

Grandes cantidades

El reconocimiento de licencia puede darse de forma oral o escrita. La firma del destinatario en el acuerdo de licencia es la mejor prueba de que la persona acepta los términos de la licencia. Recomendamos agregar agregar esta información a la hoja cuando se envíen semillas en grandes cantidades.


Pequeñas cantidades

En el caso de cantidades pequeñas, necesita imprimir este texto corto en el paquete de la semilla. Con el reconocimiento de este texto, el contrato está concluido.

Semillas con los mismos derechos y obligaciones para todos
Adquiriendo o abriendo un paquete de estas semillas usted acepta, a través de un convenio, las disposiciones del acuerdo de licencia mediante el cual, no se incurrirá ningún costo para usted. Usted se compromete especialmente a no limitar el uso de la semilla ni su mejoramiento; por ejemplo, reclamando los derechos de la variedad de la planta o patentando los componentes de la semilla. Usted deberá compartir las semillas y las propagaciones obtenidas de la misma a terceros; todo esto dentro de los términos y condiciones que permite esta licencia. Puede encontrar las disposiciones de la licencia en www.opensourceseeds.org/licence. Si usted no acepta estas disposiciones, debe abstenerse de adquirir y utilizar estas semillas.


Vendiendo Plántulas

Incluso si vende plántulas, está obligado a informar al comprador acerca de los acuerdos de la licencia. Esto se debe a que es posible obtener nuevas semillas de los frutos. Simplemente adjunte el texto corto impreso a la maceta de la plántula; por ejemplo, en un marcador de planta.

Explicaciones acerca de la licencia

1. Explicaciones Legales


La licencia protege la semilla, no las variedades.

Es un acuerdo de transferencia de material que otorga derechos de uso junto con el material. Cuando el material es transferido, se acepta un contrato que garantiza los deberes y derechos que están relacionados con dicho material, también con los futuros desarrollos del material; todo esto a perpetuidad. El contrato también incluye explícitamente la información genética que contiene el material.

El término variedad, sin embargo, denota algo inmaterial y no puede estar sujeto al acuerdo de transferencia de material. La licencia de código abierto se diferencia fundamentalmente de la protección de variedades vegetales. Los derechos de una variedad; es decir, algo inmaterial, pueden ser propiedad únicamente de alguien con los derechos de propiedad intelectual sobre dicha variedad. El estado puede otorgar esos derechos sobre una variedad, pero una variedad (que es inmaterial) sólo puede comercializarse como una semilla (que es material).

Independientemente de esto, los criadores pueden registrar variedades con licencia de código abierto en Alemania en conformidad con las disposiciones de la Ley de comercialización de semillas. La semilla que esté registrada como variedad en el catálogo de la Oficina Federal Alemana de Variedades de Plantas, puede ser comercializada como tal.


La licencia – un contrato de derecho civil
La licencia de fuente abierta que hemos desarrollado es un contrato “Sui Generis” y está regida bajo los Términos y Condiciones comerciales generales de la Ley civil alemana (BGB). A esto se le puede considerar como condiciones generales de servicio porque se estipula desde un solo lado, no puede negociarse individualmente y está pensado para ser utilizado en múltiples transacciones. Una característica básica de la licencia de código abierto es que el usuario recibe, de forma gratuita, un derecho de uso; el mismo que incluye la condición de que se ponga el bien a disposición para uso público. En las mismas condiciones, cualquier desarrollo o mejora de la semilla que se haya realizado.

Divulgación de la licencia
La licencia es un contrato de derecho civil. Este contrato debe realizarse de forma verbal, de forma escrita o implícitamente mediante acciones. Si tu quieres vender, regalar o intercambiar semillas con licencia de código abierto; debes, sin lugar a ambigüedades, comunicar las condiciones de la licencia que implica la transferencia.
La licencia es un contrato de derecho civil. Este contrato debe realizarse de forma verbal, de forma escrita o implícitamente mediante acciones. Si tu quieres vender, regalar o intercambiar semillas con licencia de código abierto; debes, sin lugar a ambigüedades, comunicar las condiciones de la licencia que implica la transferencia.

Todo esto significa que en cualquier transferencia será válida, únicamente, si el licenciatario está completamente consciente de los términos y condiciones de la licencia. Para esto, es suficiente mencionar o mostrar una versión abreviada con referencia al texto completo en línea.

Para comerciantes profesionales que venden semillas en pequeñas cantidades en supermercados o centros de jardinería, significa que deben imprimir una versión abreviada de la licencia de código abierto y colocarla en el empaque junto con una referencia a la versión completa de la licencia en línea. Para comerciantes individuales (granjeros, etc), los licenciantes deben asegurar que una copia de la licencia acompañe al material en transferencia. Deben informar, necesariamente, al destinatario de los materiales acerca de los términos y condiciones de la licencia de código abierto.


La licencia es legalmente exigible. Una infracción se produce cuando un material de código abierto es utilizado para el desarrollo de una variedad y luego es patentado o cubierto por la protección de variedades vegetales.

Las infracciones se pueden demostrar mediante:

  • Una inspección y análisis de la documentación del pedigrí y el proceso de desarrollo de una nueva variedad; desde 2016 una documentación detallada de cada proceso de mejoramiento es necesario.
  • Una comparación de Fenotipos y otras características varietales.

La prueba de una infracción puede ser probada fácilmente en algunos casos y muy elaborada en otros, pero en general, las infracciones de la licencia pueden ser probadas y procesadas en un tribunal.

Pero nosotros no somos el Gran Hermano. Consideramos que es una tarea común y responsabilidad de los usuarios el asegurar que el código abierto permanezca como código abierto pues la infracción sin repercusiones de la licencia podría tener resultados negativos para todos. Nuestra idea es, de igual manera, iniciar un proceso social en el cual todos son responsables y todos participen en el intercambio de observaciones.


Un incumplimiento en la cadena de contratos surge si un licenciante no informa al licenciatario de los términos de la licencia o si este los ignora. Sin embargo, tal incumplimiento del contrato entra en vigor únicamente si la variedad en cuestión o sus futuros desarrollos están sujetos derechos de propiedad privada (p.e. patentes o protección de variedades vegetales.) Si, luego de un incumplimiento de contrato una semilla de código abierto es utilizada solo para plantación privada, el incumplimiento esta legal y relativamente libre de problemas para otros usuarios del bien común.

La validez de la licencia no se ve afectada
Un incumplimiento en la cadena de contratos está legalmente protegido por el siguiente mecanismo:
Si un licenciatario incumple el contrato, los derechos de uso derivados del acuerdo de la licencia expiran inmediatamente. Y legalmente no puedes transferir derechos que no posees. Entonces, cualquier transferencia de la semilla a terceros no es legalmente posible.

Si posteriormente ocurre una transferencia ilegal, el destinatario de esta semilla puede ser si, por ejemplo, pone en el mercado una variedad que está patentada o cubierta por protección de variedades vegetales. Esto también aplica si el destinatario no tiene conocimiento de las condiciones de la licencia al momento de adquirir la semilla. Aquí es donde el Protocolo Nagoya (enlace) nos ayuda, porque – bajo sus regulaciones – el usuario de recursos genéticos debe ser capaz de documentar y probar que ha adquirido legalmente dicho recurso y ha aceptado los acuerdos sobre la distribución de beneficios. La documentación de cumplimiento de Nagoya creada por el usuario debe mostrar todas las restricciones específicas y condiciones que aplica.

Un incumplimiento en la cadena de contratos puede ser reparado
Un incumplimiento puede ser reparado directamente por el destinatario que obtuvo la semilla ilegalmente. Este debe actuar, desde el momento de obtención de la semilla, como si el contrato se hubiera celebrado de forma válida. (§6 (2) Texto de la licencia).

2. Financiamiento de variedades con licencia de código abierto


Se discute muy a menudo que sería imposible financiar el fitomejoramiento con una licencia de código abierto y sin regalías por protección de variedades digitales o patentes en la semilla. Este argumento puede ser refutado en diferentes formas. Revisando históricamente, muchas de las semillas agrícolas fueron desarrolladas sin un impuesto obligatorio. En el sur Global, la mayoría de los fitomejoramientos no siguieron un modelo de negocio basado en regalías e incluso en países del norte global, existen compañías privadas de fitomejoramiento que no dependen financieramente de derechos de propiedad intelectual exclusivos.

Las semillas de propiedad común son un beneficio para toda la sociedad.
Otro aspecto que puede ser incluso más importante. Las Semillas de propiedad común son más que una simple adición en la producción agrícola. Sus usos benefician a la sociedad como un conjunto pues son esenciales para mantener la biodiversidad, paisajes culturales, servicios de sistema de ecosistemas, así como también la capacidad de adaptación al cambio climático. Estos servicios son cada vez menos proporcionados por el actual modelo de negocio que sigue el sector privado de semillas. Si el fitomejoramiento lleva al beneficio de la sociedad en conjunto, no solo los agricultores y usuarios directos deberían ayudar a compartir los costos de este. Los procesadores, comerciantes, consumidores – la cadena de valor completa- y el también el Estado deberían contribuir. El fitomejoramiento que tiene como objetivo crear un bien común es más una actividad sin fines de lucro que una actividad lucrativa; esto debe distinguirse claramente de la producción de semillas que, tiene en verdad un carácter económico.

Muchos productores de cereales y vegetales orgánicos en Europa financian sus actividades de mejoramiento en parte a través de “Contribuciones al desarrollo de variedades” que son negociadas entre los mejoradores, productores de semillas y agricultores. Algunos cobran un pequeño impuesto sobre los artículos comercializados o recaudan fondos de programas del gobierno y donaciones. Los fondos generados de esta forma para el fitomejoramiento son todavía pequeños, pero crecerán con el pasar de los años. Más información puede ser encontrada en el documento “Who pays for seeds?”.

 

3. Ingeniería genética de Código Abierto


¿Como protege la licencia de código abierto contra la ingeniería genética?

Ingeniería genética – Un conjunto de tecnologías en cambio.
“La Ingeniería Genética (IG) en el fitomejoramiento” incluye varias tecnologías diferentes y nuevas que, aparecen constantemente. Por esta razón, la IG no puede ser definida y regulada con precisión por la ley de una vez por todas. Solo algunas de las tecnologías caen bajo la Ley de IG y, de acuerdo con la decisión de la Corte Europea de Justicia, actualmente también los tan discutidos métodos CRISPR-Cas. Otro obstáculo para la regulación legal es el hecho de que hoy, los métodos de IG se están esforzando por tener ausencia de residuos; esto significa que no son fácilmente detectables y, la persecución legal en caso de sospecha de incumplimiento puede ser evadida. Hasta cierto punto esto ya está sucediendo.

Código abierto – un contrato para la perpetuidad
La licencia de código abierto previene la privatización ya que prohíbe que la semilla sea puesta bajo derecho de propiedad intelectual exclusivo (como patentes y protección de variedades vegetales) Sin embargo, la licencia no prohíbe el uso de ciertas técnicas de fitomejoramiento; ya sean ingeniería genética, fitomejoramiento clásico o creación por métodos desconocidos actualmente, y esto es por una buena razón. Dado que los métodos de Ingeniería Genética (IG) están cambiando constantemente y se desarrollan más, una licencia que “prohíba la ingeniería genética” tendría que modificarse constantemente. Pero esto no tendría mucho sentido porque, con el principio de Copyleft (la transferencia de los términos de licencia de las semillas a sus generaciones siguientes), la licencia está diseñada para la perpetuidad. Con este mecanismo, la licencia crea un bien común perpetuo y no puede ser cambiada cada vez que se pone un nuevo método de IG en el mercado.

Código abierto: una palanca de protección indirecta 
Sin embargo, la licencia brinda protección contra la Ingeniería Genética (IG). Todos los procesos de IG, incluyendo el CRISPR-Cas, consumen mucho tiempo y requieren inversiones comparativamente altas en fitomejoramiento. Se afirma de forma repetida que los nuevos métodos son más fáciles de manejar y por eso, mucho más rentables; pero, según nuestro conocimiento, esta afirmación es incorrecta. Si fuera posible combinar las características individuales deseadas a través de la edición del genoma, el fitomejoramiento clásico tendría que seguir adelante para poder crear nuevas variedades de alto rendimiento. El Fitomejoramiento, entonces, permanece como un proceso largo. Adicionalmente, altos costos de aprobación y cumplimiento serían necesarios para su introducción en el mercado (un rango de 2 a 3 millones de euros). Económicamente, estos gastos solo pueden ser justificados junto con una patente; la cual estaría excluida por la licencia de Código Abierto.

El código abierto previene lo que la comunidad no apoya
Mientras la mayoría del público en general rechace el uso de Ingeniería Genética (IG) en el fitomejoramiento y no estén preparados para brindar de fondos públicos a este tipo de desarrollo y sus procedimientos de aprobación necesarios, no habrá desarrollos de IG de código abierto libre de patentes. Además, este no sería un uso eficiente de los fondos, pues los altos costos para ganar la aprobación de solo una variedad de IG podrían utilizarse para el Fito desarrollo clásico de casi cien variedades utilizadas en la agricultura. 

Por lo tanto, la licencia de Código Abierto no prohíbe la IG de jure, pero la previenede facto. Consideramos la licencia como un buen mecanismo de protección y no conocemos una alternativa igualmente válida.

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